El plan de la represión sin fronteras
El
proceso que comienza mañana abarca a 106 víctimas del Plan Cóndor, con
mayoría de uruguayos, pero también argentinos, paraguayos, chilenos,
bolivianos y un peruano. Hay 25 represores acusados, entre ellos Videla,
Bignone, Riveros y Menéndez.
Los dictadores Reynaldo Benito Bignone y Jorge
Rafael Videla serán juzgados como responsables locales de la
coordinación represiva.
Por Alejandra Dandan / Página 12
Mañana
empieza el juicio oral por el Plan Cóndor, la primera causa que se
abrió a fines de los ’90 cuando aún estaban en vigencia las leyes de
obediencia debida y punto final y que logró perforar el cerco de
impunidad a los crímenes de la dictadura. Será un escenario de justicia
atravesado por la presencia de víctimas de las dictaduras del Cono Sur
que todavía esperan la apertura de procesos similares en sus propios
países. El juicio recoge tres tramos de la causa elevada entre 2008 y
2012 por 106 víctimas del Cóndor, entre las que hay una mayoría de
uruguayos, pero también paraguayos y chilenos, todos caídos en
Argentina. También hay argentinos, entre ellos tres caídos en Brasil.
Serán juzgados 25 represores, entre otros los responsables locales de la
coordinación represiva: Jorge Rafael Videla, Reynaldo Benito Bignone,
Santiago Omar Riveros, Luciano Benjamín Menéndez y Antonio Vañek.
También va a ser juzgado el uruguayo Manuel Cordero, represor que actuó
en el centro clandestino de Automotores Orletti. Al juicio se acopló el
tramo de Orletti II, por otras 65 víctimas. Estará a cargo del Tribunal
Oral Federal N°1, se prevé el paso de unos 450 testigos y una duración
estimada en dos años.
“La causa se abrió con una denuncia muy
bien fundada hecha por Emilio Mignone, Raúl Zaffaroni, David Baigun,
Alberto Pedroncini y Martín Abregú”, recuerda el fiscal Miguel Angel
Osorio, a cargo de la instrucción. “Se tomó un grupo de casos donde no
había aparecido el cuerpo de las víctimas y la causa avanzó mediante el
concepto del ‘delito permanente’: a través de esa lógica se indicó que
acá se ha secuestrado a una persona; que todavía no se sabe qué sucedió
con ella y por lo tanto se presume que el delito se sigue ejecutando.
Como el delito continúa es imposible de amnistiar, indultar o no hacer
nada. El eje era ése: el Estado tenía la obligación de hacer cesar el
delito; después, si quiere amnistiar puede hacerlo o no, pero primero
tiene que hacer lo primero.”
Al comienzo, la causa tuvo 12 casos,
entre ellos la uruguaya Sara Méndez, secuestrada en Buenos Aires,
arrojada en Orletti y a la que le habían robado a su hijo Simón Riquelo,
que para entonces seguía sin aparecer. Había víctimas de otros países,
pero el expediente no asumió la perspectiva del Plan Cóndor hasta 2003,
cuando dio un “salto cualitativo”, dice Osorio, a partir de
inconstitucionalidad de las leyes de impunidad y la reapertura de las
causas. Algunas víctimas de la causa original pasaron a expedientes
específicos y luego se acumularon nuevos hechos. En 2008 se elevó el
primer tramo con 18 imputados y en 2012, otros dos. Además de los 106
casos que ahora llegan a juicio oral, la instrucción acumula denuncias e
investigaciones por otras 240 víctimas.
Los acusados
Uno
de los graves problemas que tuvo la causa fue la demora. Entre los tres
tramos del expediente sobre el Plan Cóndor sumaban originalmente 32
acusados, la mayoría elevados en 2008. Entre ese momento y este comienzo
varios murieron y otros están separados del juicio por razones de
salud. Es el caso de Albano Harguindeguy, Cristino Nicolaides y Antonio
Bussi, en el primer grupo, y Ramón Genaro Díaz Bessone y Ernesto Alais,
en el segundo.
Pablo Ouviña y Mercedes Moguilansky son los
fiscales que llevarán la acusación del juicio. Ellos indican que en las
últimas dos semanas, además, la mayoría de los imputados está pidiendo
de todo, entre otras cosas la suspensión del juicio por motivos de
salud, por lo cual se vienen ordenando pericias y chequeos médicos.
Los
represores que hasta ahora están en juicio son 25. De ellos, 23 están
procesados por asociación ilícita y privación ilegal de la libertad, las
figuras legales con las que logró abrirse la causa. No están acusados
por tormentos ni por homicidios, aunque en varios casos está probado el
“traslado” o asesinato de las víctimas, como el de Carlos Santucho, el
contador hermano del jefe del PRT, a quien asesinaron en un tanque de
agua en Orletti.
La acusación es distinta para Manuel Cordero y
Miguel Angel Furci. Los dos estuvieron en Orletti y son los únicos
autores directos. Cordero es uruguayo y fue extraditado desde Brasil. La
Justicia argentina lo requirió en dos causas: Cóndor y Orletti, pero
Brasil lo extraditó sólo por la primera, por lo tanto –aunque es uno de
los represores más nombrados de Orletti–, entra a juicio solo por
Cóndor. Está acusado por privación ilegal de la libertad y no por
asociación ilícita, como el resto, porque Brasil dio ese cargo por
prescripto. Furci está procesado por privación ilegal de la libertad y
tormentos por 67 víctimas de Orletti.
El ex-dictador uruguayo Juan M. Bordaberry quién fuera juzgado y condenado por estos crímenes (fallecido)
Las víctimas
Un dato
del juicio estará dado por la configuración de las víctimas. Entre los
106 detenidos desaparecidos no hubo sobrevivientes, todos los casos
tienen que ver con actuación de fuerzas argentinas aquí o en el
extranjero. Todos los extranjeros cayeron en Argentina. Y los hechos son
posteriores al golpe del 24 de marzo del ’76, por un criterio original,
aunque ahora la instrucción investiga casos de 1974.
El grupo de
víctimas más importante es de Uruguay (48), luego siguen Paraguay,
Chile, Bolivia y un caso de Perú. Hay tres argentinos que cayeron en
Brasil durante la Contraofensiva del ‘78: Norberto Armando Habegger,
Susana Pinus de Binstock y Horacio Campligia. Entre los chilenos están
Edgardo Enriquez Espinosa, del comité central del MIR, secuestrado en
Buenos Aires el 10 de abril de 1976. Cristina Carreño Araya, de una
familia del PC chilena, perseguida por la dictadura de Augusto Pinochet.
Cristina salió de Chile a Hungría, viajó a Argentina en 1978 y fue
secuestrada el 26 de julio de ese año. Otro caso es el del estudiante
suizo-chileno Alexis Jaccar Siegler, al que secuestraron el 16 de mayo
de 1977, cuando hacía escala en Buenos Aires para seguir viaje hacia
Chile. Volverá a aflorar el secuestro de María Claudia Irureta Goyena,
pero esta vez en la perspectiva del Plan Cóndor y por su propio “caso”:
Claudia era la nuera del poeta Juan Gelman, secuestrada en Buenos Aires,
trasladada y desaparecida en Uruguay cuando estaba embarazada de
Macarena Gelman.
La lógica del Cóndor
Osorio definió el
Plan Cóndor cuando terminó de instruir el primer tramo de la causa: “La
relación entre los organismos de inteligencia de Chile, Paraguay,
Uruguay, Bolivia, Brasil y la Argentina distó de situarse en una mera
colaboración legal para derivar en la verdadera implementación de un
dispositivo que no hacía más que reproducir, a nivel internacional, el
mismo dispositivo de aniquilamiento que imperaba hacia el interior de
cada una de esas jurisdicciones: tal el alcance pactado, justamente, por
los países integrantes del operativo Cóndor”.
Puede pensarse
que, a la luz del Plan, el debate judicial va a abordar el modo en que
actuó la represión fronteras adentro de cada uno de los países, incluso
Uruguay, con causas bloqueadas por la Suprema Corte de Justicia. Los
fiscales no tienen jurisdicción para investigar la represión puertas
adentro en cada país, pero sí la obligación de seguir el circuito de
cada una de las víctimas de la causa.
“Todos los países tienen
interconexiones por medio de tratados, de diplomáticos, Inteligencia,
etcétera –dice el fiscal Ouviña–. Lo que hicieron durante la vigencia
del Cóndor fue aprovechar lo que ya estaba y buscar otro tipo de
contacto para hacer todo más rápido. Eliminaron las formalidades pero no
sólo para acelerar los tiempos sino directamente para secuestrar
personas, buscar información para secuestrar, llevar adelante pedidos.
Hay argentinos y chilenos secuestrando y torturando juntos; argentinos y
uruguayos o chilenos y paraguayos.”
El contexto eran los exilios
que se dieron en todo el continente por las distintas dictaduras, dice
Moguilansky. La primera dictadura fue la de Chile, que produjo enorme
cantidad de exiliados en Argentina. Y Argentina es el último país donde
cae la democracia, cuando todavía albergaba a buena parte de refugiados
de otros países. En ese sentido, el expediente funciona a la vez como un
mapa entre exilio, refugio y represión. Hay zonas del país como Mendoza
en que se refugiaron chilenos, o Jujuy donde estaban quienes venían de
Bolivia, o los uruguayos en Buenos Aires. En esa línea, aparecen
secuestros y luego traslados a los países de origen. En el caso de los
chilenos, ingresan a centros clandestinos de detención. Y con los
uruguayos se abrirá el eje de los vuelos. El rol del Acnur y de la
Vicaria chilena en el auxilio a los perseguidos políticos, así como el
de los consulados y embajadas constituidas como ratoneras, también serán
puntos del debate.
“Si los militantes perseguidos en otros
países vinieron para acá y desaparecieron estando exiliados, eso es
Cóndor –dice el fiscal Osorio–. Si vinieron y trabajaron con o en alguna
organización de superficie, ahí ya no es Cóndor. Es decir, no importa
la nacionalidad de la víctima, importa si realmente los victimarios
actuaron ejecutando ese plan de coordinación represiva a nivel no sólo
continental, sino a nivel mundial, si se quiere llamarlo así, porque
actuaron en Europa, en Estados Unidos.”
Los documentos
Ese
es otro eje del debate. Los documentos. Una de las pruebas documentales
más importantes es un documento desclasificado por el Departamento de
Estado de los Estados Unidos, en el que aparece una definición sobre el
Cóndor. El documento es un cable de septiembre de 1976, de un agente
especial del FBI a la embajada estadounidense en la Argentina. Allí deja
expresado que el plan está destinado a la “recopilación e intercambio
de información sobre ‘izquierdistas’, ‘comunistas’ o ‘marxistas’, con
vistas a la eliminación de sus actividades mediante el desarrollo de
operaciones conjuntas en sus respectivos territorios”. El cable sitúa en
el armado del dispositivo a Chile, Argentina, Bolivia, Paraguay y
Uruguay y un acuerdo de Brasil de información confidencial. Describe
tres momentos: 1) intercambio de información, 2) ubicación del blanco,
3) ejecución o traslado de la víctima a cualquier otro país signatario.
Una
parte del debate seguramente atravesará la discusión acerca de cómo
debe leerse el documento, si puede tomarse como comienzo del Plan Cóndor
cuando las evidencias muestran que las fuerzas represivas actuaron en
conjunto desde antes. Los fiscales del juicio señalan antecedentes de
1975 y en la instrucción Osorio trazó un corte posterior a la muerte de
Juan Perón.
Las víctimas
En la causa Plan Cóndor se juzgarán las responsabilidades sobre los
crímenes cometidos contra: Campiglia Horacio Domingo, Pinus de Binstock
Mónica Susana, Habegger Norberto Armando, Reyes González, Manuel
Federico; Seminario Preciado, Carlos Alberto; González de la Vega, Oscar
Hugo; Corinaldesi de Stamponi, Mafalda; Choque Cabrera, Fausto;
Stamponi, Luis Faustino; Rutilo Artes, Graciela; Lara Torres, Jaime
Rafael; Villa Isola, Efraín Fernando; Villavicencio Calderón, Jorge
Hernán; Jordán Vercellone, Juan Carlos; Oviedo Morales, Walter Eduardo;
Saenz Bernal, Reinaldo Lásaro; Vargas Orozco, Johnny; Suárez Balladares,
Erasmo; Rojas Caballero, Máximo; Enríquez Espinosa, Edgardo; Elgueta
Díaz, Luis Enrique; Tamayo Martínez, Manuel Jesús; Muñoz Velázquez, Luis
Gonzalo; Hernández Zaspe, Juan Humberto; Jaccard Siegler, Alexei
Vladimir; De la Maza Asquet, José Luis; Orellana Castro, Miguel Iván;
Carreño Araya, Cristina Magdalena; Athanasiú Jara, Ángel; Athanasiú
Laschan, Pablo Germán; Laschan Mellado, Frida Elena; Rojas Campos,
Carlos Patricio; Delard Cabezas, Carmen Angélica; Delard Cabezas, Gloria
Ximena; Appel de la Cruz, José Luis; Zaragoza Olivares, Luis Arnaldo;
Espinoza González, Luis Alejandro; Urra Ferrarese, Oscar Julián; Ossola
de Urra, Susana; Ferrada, Rafael Antonio; Oyarzun Manso, Oscar Orlando;
Cram González, Washington; Trías Hernández, Cecilia Susana; Urtasún
Terra, José Luis; Silveira Gramont, María Rosa; Maidana Bentín, Félix;
Borelli Cattáneo, Raúl Edgardo; Cabezudo Pérez, Carlos Federico; Lezama
González, Rafael Laudelino; Moreno Malugani, Miguel Ángel; Prieto
González, Rubén; Alfaro Vázquez, Pedro Daniel; Severo Barreto, Ary
Héctor; Epelbaum, Lila; Epelbaum, Claudio; Bentancour Garín, Walner
Ademir; Rodríguez Liberto, Félix Antonio; Méndez Donadío, José Hugo;
Candia Correa, Francisco Edgardo; Burgueño Pereyra, Ada Margaret;
Gándara Castroman, Elba Lucía; Carretero Cardenas, Casimira María del
Rosario; Recagno Ibarburu, Juan Pablo; Cabrera Prates, Ary; Mechoso
Méndez, Alberto Cecilio; Tejera Llovet, Raúl Néstor; Soba Fernández,
Adalberto Waldemar; Arnone Hernández, Armando Bernardo; Queiro Uzal,
Washington Domingo; Machado, Modesto Humberto; Río Casas, Miguel Ángel:
Lerena Costa de Corchs, Elena Paulina; Bosco Muñoz, Alfredo Fernando;
D’elía Pallares, Julio César; Dossetti Techeira, Edmundo Sabino; García
Ramos de Dossetti, Ileana Sara María; Duarte Lujan, León Gualberto;
Rodríguez Mercader, Carlos Alfredo; Errandonea Salvia, Juan Pablo;
Chizzola Cano, Eduardo Efraín; Hernández Hobbas, Beatriz Lourdes;
Hernández Hobbas, Woshington Fernando; Grispón de Logares, Mónica Sofía;
Logares, Claudio Ernesto; Artigas Nilo de Moyano, María Asunción;
Moyano, Alfredo; Zaffaroni Castilla, Jorge Roberto; Islas Gatti de
Zaffaroni, María Emilia; García Irureta Goyena, María Claudia; Rodas,
Néstor; Méndez Fleitas, Epifanio; Filártiga Martínez, Juan Alberto;
Benítez o Benítez Gómez, Florencio; Ledesma Medina o Medina Ledezma,
Oscar Eladio; Roa Espinosa o Espinoza, Emilio; Maidana, Antonio; Tatter
Morinigo, Jorge Federico; Penayo Ferreyra o Ferreira, Juan José; Vera
Báez, Cátulo; Ballestrino de Careaga, Esther, Carrillo Rodríguez, Fausto
Augusto; Logoluso, José Alejandro; Landi Gil, Marta Dora; Nell o Nell
Granda, José o José Luis; Santana Escotto o Scotto, Nelson Rodolfo;
Inzaurralde Melgar o Insaurralde Melgar, Gustavo Edison; Goiburú Jiménez
o Giménez, Agustín.
Los imputados
Los imputados en la causa Plan Cóndor son:
Jorge Rafael Videla, Santiago Omar Riveros, Eduardo Samuel De Lío,
Carlos Humberto Caggiano Tedesco, Antonio Vañek, Carlos Tragant, Luciano
Benjamín Menéndez, Bernardo José Menéndez, Jorge Carlos Olivera Róvere,
Eugenio Guañabens Perelló, Carlos Miguel Landoni, Humberto José Román
Lobaiza, Felipe Jorge Alespeiti, Manuel Juan Cordero Piacentini, Néstor
Horacio Falcón, Federico Antonio Minicucci, Enrique Braulio Olea,
Horacio De Verda, José Julio Mazzeo, Reynaldo Benito Antonio Bignone,
Rodolfo Emilio Feroglio, Luis Sadi Pepa, Mario Alberto Gómez Arenas y
Juan Avelino Rodríguez.
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